SANTA FE: LA REFORMA ELECTORAL PREVÉ MULTAS DE HASTA $14,4 MILLONES, PERO LA LEY AÚN NO FUE PROMULGADA
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La reforma del Código Electoral de Santa Fe establece un nuevo régimen de sanciones económicas para distintas infracciones electorales. Sin embargo, la ley todavía no fue promulgada, por lo que estas multas aún no se encuentran vigentes. De acuerdo con lo previsto en el texto de la reforma, el nuevo esquema comenzaría a aplicarse en las elecciones de 2027.
Los montos están expresados en Unidades JUS. Tomando como referencia el valor actual de $144.803,04 por JUS, las sanciones previstas irían desde $72.401,52 hasta $14.480.304, dependiendo de la infracción.
Entre las principales sanciones se encuentra la multa de 0,5 JUS ($72.401,52) para quienes no concurran a votar en las elecciones primarias o generales sin una causa justificada. La sanción no se aplicaría cuando se pueda acreditar alguna de las causales de excepción previstas por la normativa.
También se contemplan multas de entre 0,5 y 1 JUS para quienes exhiban su voto o revelen su contenido, mientras que quienes intenten imponer una determinada opción electoral mediante presión, intimidación o dádivas podrían recibir sanciones de entre 1 y 3 JUS, además de las eventuales consecuencias penales.
Sanciones durante la jornada electoral
El proyecto de Código Electoral también establece multas para quienes concurran a los lugares de votación con armas o utilicen banderas, divisas u otros distintivos partidarios dentro de los establecimientos o en un radio de 150 metros. En estos casos, las sanciones previstas serían de entre 3 y 5 JUS, equivalentes actualmente a entre $434.409,12 y $724.015,20.
La venta o expendio de bebidas alcohólicas durante el período en que se encuentre prohibido tendría multas de entre 3 y 10 JUS.
Además, se prevén sanciones para la realización de espectáculos públicos y eventos culturales, recreativos o deportivos de concentración masiva durante el período establecido por la normativa electoral. Las multas podrían alcanzar los 100 JUS, que actualmente equivalen a $14.480.304.
Multas por romper la veda electoral
Entre las sanciones más elevadas aparecen las destinadas a agrupaciones políticas y candidatos que realicen actividades de campaña durante la veda.
Para una agrupación política o una persona candidata, la multa prevista sería de entre 50 y 100 JUS, es decir, actualmente entre $7.240.152 y $14.480.304.
En el caso de una persona que realice actividades de campaña durante la veda, la sanción prevista sería de entre 10 y 100 JUS.
La reforma también contempla consecuencias adicionales para las agrupaciones políticas, como la pérdida del derecho a recibir financiamiento público durante períodos de entre uno y cuatro años en determinados casos.
Otras sanciones previstas
El nuevo Código también establece consecuencias para quienes no participen de los debates electorales obligatorios. En el caso de un candidato que haya sido debidamente notificado y no concurra sin una causa justificada, la multa prevista sería de entre 50 y 100 JUS.
Para las autoridades de mesa que no concurran a cumplir su función sin una causa justificada, se establece una multa de 1 JUS, actualmente equivalente a $144.803,04. En caso de reincidencia, el monto se duplicaría.
También se contemplan sanciones para funcionarios públicos que realicen determinadas acciones de promoción electoral desde actos de gobierno durante los períodos prohibidos y para medios de comunicación que difundan publicidad electoral no autorizada.
Una reforma que todavía debe entrar en vigencia
Estas medidas forman parte de la reforma del Código Electoral de Santa Fe, que también introduce modificaciones en las PASO, el sistema de Boleta Única y el mecanismo de distribución de bancas.
No obstante, es importante remarcar que la ley aún no fue promulgada. Por lo tanto, los montos mencionados no constituyen multas actualmente vigentes. Si la reforma entra en vigencia en los términos aprobados, este régimen de sanciones comenzaría a aplicarse a partir de las elecciones de 2027.
Además, como las multas están expresadas en Unidades JUS, los valores en pesos podrían variar al momento de su aplicación, de acuerdo con el valor que tenga esa unidad en ese momento.