FIN DE LOS SUBSIDIOS A PASAJES GRATUITOS: QUÉ CAMBIA CON LA RESOLUCIÓN 28/2026 Y QUÉ DERECHOS SE MANTIENEN
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El Gobierno nacional oficializó un cambio en el sistema de transporte de larga distancia mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, que elimina las compensaciones económicas que el Estado pagaba a las empresas por los pasajes gratuitos otorgados a determinados grupos protegidos por ley.
Aunque se retira ese financiamiento estatal, el derecho a viajar sin cargo para personas con discapacidad, trasplantadas y niños, niñas y adolescentes con cáncer se mantiene plenamente vigente.
Un cambio en el esquema de financiamiento
Hasta ahora, el sistema funcionaba con un mecanismo de reintegros: cada vez que una empresa emitía un pasaje gratuito a una persona alcanzada por las leyes vigentes, el Estado le devolvía el costo a través de compensaciones económicas.
Con la nueva resolución, ese esquema queda eliminado. El Gobierno argumenta que la medida se enmarca en el proceso de desregulación del transporte de pasajeros de jurisdicción nacional, impulsado a partir del Decreto 883/2024, que estableció un régimen de mayor libertad tarifaria y competencia entre empresas.
Según el nuevo enfoque, las compañías de transporte cuentan con mayor autonomía para fijar tarifas, recorridos y horarios, por lo que deberían poder absorber el costo de los pasajes gratuitos dentro de su estructura comercial sin asistencia estatal directa.
Qué derechos no se modifican
A pesar del cambio financiero, la norma establece que el “contenido esencial” del derecho a la gratuidad no se modifica. Esto significa que los grupos alcanzados siguen teniendo derecho a viajar sin pagar pasaje en servicios nacionales de larga distancia.
Entre los beneficiarios se encuentran:
Personas con discapacidad, según la Ley 22.431
Personas trasplantadas o en lista de espera del sistema del INCUCAI, conforme a la Ley 26.928
Niños, niñas y adolescentes con cáncer, según la Ley 27.674
Estos derechos deben seguir siendo garantizados por las empresas de transporte, bajo las mismas condiciones que regían antes de la resolución.
Nuevo rol del Estado y control de la CNRT
Con la eliminación de las compensaciones, el rol del Estado se reorienta hacia la fiscalización. La autoridad encargada de garantizar el cumplimiento de estos derechos es la CNRT, que mantiene sus funciones de control sobre las empresas de transporte de jurisdicción nacional.
El organismo debe asegurar que los pasajes gratuitos continúen emitiéndose mediante los procedimientos administrativos vigentes. Además, conserva la facultad de recibir denuncias y sancionar a las empresas que nieguen el beneficio.
La resolución también establece que las compañías no pueden rechazar la gratuidad alegando la eliminación de los subsidios estatales, ya que la obligación de otorgar los pasajes surge directamente de las leyes vigentes.
Debate abierto por el impacto en las tarifas
El Gobierno sostiene que, en un contexto de libertad tarifaria, las empresas están en condiciones de “internalizar” el costo de los pasajes gratuitos. Sin embargo, distintos especialistas advierten que podría haber efectos indirectos sobre el precio general de los boletos, a través de ajustes en las tarifas.
En paralelo, organizaciones vinculadas a personas con discapacidad y asociaciones de usuarios siguen de cerca la implementación de la medida. Uno de los principales temores es la aparición de obstáculos administrativos, reducción de cupos o demoras en la entrega de pasajes.
Un sistema en transición
El nuevo esquema incluye disposiciones transitorias para resolver trámites iniciados bajo el régimen anterior, como compensaciones ya devengadas o solicitudes pendientes.
En este contexto, el debate se centra en cómo equilibrar la desregulación del transporte con la protección efectiva de derechos sociales ya establecidos por ley. Mientras el Estado reduce su rol como financiador, refuerza el de controlador, con la CNRT como actor clave para garantizar que el beneficio continúe vigente en la práctica.