COBRO DE “PLUS MÉDICO”: EL DIPUTADO PERALTA PIDE INFORMACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY 13.731 QUE LO PROHÍBE
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El Diputado Emiliano Peralta ingresó un proyecto de comunicación solicitando información sobre la aplicación de la ley N° 13.731, que prohíbe el cobro del llamado “plus médico”, es decir, el “extra” que algunos profesionales de la salud cobran a sus pacientes, además de la orden de consulta de su obra social. En Noviembre de 2017 se aprobó una ley que prohíbe esta práctica, la cual fue reglamentada en Noviembre de 2019. Establece, además de la prohibición, la competencia en cabeza de la Defensoría del Pueblo para recibir las denuncias de pacientes damnificados e iniciar dicho organismo procedimientos de oficio. Entre las sanciones, se encuentran las multas y clausuras, pero también la posibilidad de establecer instancias de conciliación. “Sabemos que es una temática compleja puesto que por un lado existe el derecho del paciente a recibir atención médica con la sola presentación de la orden o el bono de la obra social -puesto que para ello abona su prepaga todos los meses o le descuentan de sus haberes la cuota correspondiente-, pero también existe la realidad del profesional de la salud que merece honorarios dignos y acordes a su labor, los que muchas veces no son pagos por las entidades prestadoras o que son demorados en efectivizarse lo cual, en una economía inflacionaria, les genera un perjuicio enorme”, señaló el Diputado. “Dicho esto, también es cierto que el fenómeno del ‘plus’ se ve mucho en el interior de la Provincia, y no tanto en las ciudades como Santa Fe o Rosario, aunque las obras sociales son las mismas. Por eso, corresponde preguntarse a qué se debe esta diferencia”, señaló Peralta. Entre los puntos cuya información se solicita, se encuentran:
1) cantidad de denuncias recibidas y procedimientos iniciados, segmentados por año y localización;
2) cuántas de estas denuncias han sido;
3) sanciones establecidas a los infractores;
4) modalidades alternativas de resolución de denuncias que se hayan aplicado;
5) si la autoridad de aplicación ha conformado el cuerpo de inspectores que manda la ley;
6) si se colocan en las clínicas los debidos carteles de “El cobro del plus médico es ilegal, denúncielo” y
7) cuáles son las obras sociales más recurrentes de los pacientes que denuncian el cobro del plus. “A partir de estos datos quizás podremos tener un mejor mapa y panorama de situación para buscar solución de fondos y conversar con las obras sociales para asegurar que los médicos reciban en tiempo y forma los honorarios que les correspondan y que no sean los pacientes quienes tengan que afrontar el incumplimiento de las obras sociales, incluida el IAPOS”, concluyó el Diputado.
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
La Cámara de Diputadas y Diputados de la Provincia de Santa Fe solicita al Poder Ejecutivo, a través de la Defensoría del Pueblo dependiente del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, disponga informar los siguientes puntos en relación a la aplicación de la Ley N° 13.731 (de la Prohibición del Cobro de “plus” médico) y su decreto reglamentario N° 3343/2019: 1. Cantidad de denuncias que han recibido de pacientes damnificados -por un lado- y de procedimientos iniciados de oficio -por el otro- desde la entrada en vigencia de la ley, indicándose de qué ciudades y departamentos provienen las mismas, segmentándose por año calendario;
Cuántas de estas denuncias han sido remitidas a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación;
Cuántas de las inspecciones han sido contestadas (descargo del Artículo 5 de la ley) en el plazo de ley por los presuntos infractores;
Cuáles han sido las sanciones establecidas a los infractores, dentro de las previstas en el artículo 7° de la ley;
Si se han tomado modalidades alternativas de resolución de las denuncias y en su caso, cuáles, conforme Artículo 3 Decreto Reglamentario;
Si la autoridad de aplicación ha conformado el cuerpo de inspectores según artículo 9° de la ley;
Si la autoridad de aplicación ha colocado y coloca al día de hoy en los casos necesarios cartelería con la leyenda “Infórmese sobre la cobertura de su Obra Social respecto a las prestaciones ofrecidas en este establecimiento. Para consultas, comuníquese con la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe. El cobro del plus médico es ilegal. Denúncielo (Ley Provincial N° 13.731)”;
Cuáles han sido las Obras Sociales más recurrentes de los pacientes damnificados por el pedido de cobro de “plus médico”. Ello, en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho del presente proyecto de comunicación.