EMILIANO PERALTA PRESENTÓ UN PROYECTO PARA BENEFICIAR A DOCENTES DE ESCUELAS RURALES

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El diputado Emiliano Peralta presentó una propuesta al Ejecutivo para modificar el Decreto 586/2024, que establece un «incentivo» por asistencia perfecta para docentes y no docentes de escuelas rurales. Peralta destacó que el decreto actual no contempla como excepción los «fenómenos meteorológicos especiales» (como inundaciones o anegamientos de caminos), lo que perjudica a aquellos docentes que, por causas de fuerza mayor, no pueden asistir a la escuela.
Compartimos el comunicado emitido por el Diputado Peralta.
Peralta presenta proyecto en beneficio de docentes de Escuelas Rurales
Emiliano Peralta presenta una propuesta al Ejecutivo en beneficio de personal docente y no docente de escuelas rurales. Se trata de una iniciativa que tiene como objetivo reformar el Decreto 586/2024, por el cual se crea el famoso “incentivo” o “premio” a la asistencia perfecta de docentes y no docentes. En esta normativa, el gobierno Provincial establece que los beneficiarios del programa que tengan asistencia perfecta recibirán un complemento de sus haberes, tema al que el Diputado Peralta se refirió como “controversial”. En este sentido, Peralta explicó que “más allá de las bondades o no del programa, este decreto establece una serie de excepciones, es decir, casos en los que el docente puede no asistir a la escuela e igual hacerse del beneficio -por ejemplo, si tiene que tomar examen en otra institución-. Sin embargo, no está previsto como excepción el artículo 23, inciso 3ero del Decreto 4597/1983, que prevé la circunstancia de ‘fenómenos meteorológicos especiales’. Con lo cual, en un supuesto de inundación y anegamiento de caminos, aunque resulte físicamente imposible llegar hasta la escuela, el docente igualmente pierde el incentivo o premio por asistencia perfecta”. El Diputado señala en los fundamentos del proyecto de Comunicación que esta situación ocurrió, por ejemplo, con el personal de la Escuela Rural de Colonia Durán (17 kms al oeste de la Ruta Provincial N° 1 a donde sólo se accede por camino de calzada natural) en ocasión del diluvio sobre la ciudad de Vera. “En aquella oportunidad, si bien lo peor se lo llevó Vera, sobre Colonia Durán cayeron 260mm; era imposible acceder a la escuela. Una cuestión de fuerza mayor privó a los docentes del incentivo, aún cuando pusieron a disposición de los alumnos todo el material del día. Considero que esta es una situación sumamente injusta y que puede ser fácilmente remediable por el ejecutivo.” La propuesta. En síntesis, lo que el legislador solicita es que el Poder Ejecutivo modifique el Anexo I del Decreto 586/2024, agregando como excepción al cómputo de la asistencia lo reglamentado en el Artículo 23, Inciso 3ero, Decreto 4597/1982 sobre “fenómenos meteorológicos especiales” agregándose propone Peralta- “que hagan imposible la asistencia al establecimiento educativo”
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
La Cámara de Diputadas y Diputados de la Provincia de Santa Fe solicita al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de Educación y/o el que corresponda, proceda a modificar el Decreto N° 586/2024 (“Plan de Incentivo a la Asistencia para el Personal Docente del Sistema Educativo Público de Gestión Estatal de la Provincia de Santa Fe”) incorporándose al Anexo I el Artículo 23 Inciso 3° del Decreto 4597/1983 como excepción al cómputo de inasistencias a los fenómenos meteorológicos especiales que hagan imposible la asistencia al establecimiento educativo.
2025 Emiliano José Peralta Diputado Provincial
FUNDAMENTOS
Señora presidenta:
El Decreto 586/2024 del Poder Ejecutivo crea el “Plan de Incentivo a la Asistencia para el Personal Docente del Sistema Educativo Público de Gestión Estatal de la Provincia de Santa Fe.” El sistema creado se explicita en los Anexos I, II y III del citado decreto. En el Anexo I del Decreto en cuestión se prevé que a efectos del “Computo de asistencia: Los siguientes artículos no computarán como inasistencias a los fines del incentivo: 27º, 28°, 29º, 30º, 36º, 41º bis del Decreto Nº 4597/83. En el caso de la licencia prevista en el artículo 3º Decreto Nº 4597/83 solo serán excluidas aquellas tomadas fuera del ciclo lectivo fijado en el calendario escolar y las previas al cese por jubilación”. Más allá de las opiniones controvertidas que el citado programa genera desde un punto de vista conceptual o filosófico (independientemente de los fines perseguidos), lo cierto es que algunas situaciones que los destinatarios del programa tienen que afrontar son manifiestamente injustas. Dentro de estas últimas, está particularmente la del personal docente y no docente de escuelas rurales que se ven imposibilitados de acceder a sus lugares de trabajo por inclemencias climáticas. Se trata de establecimientos educativos que están alejados de centros urbanos y cuyos caminos son intransitables cuando ocurren copiosas precipitaciones. Esta situación ocurre y ocurrió ya. Incluso en eventos meterológicos excepcionalísimos como las precipitaciones que afectaron a la ciudad de Vera recientemente. En el departamento San Javier se encuentra el Núcleo Rural Escuela Secundaria Orientada N° 1581 de La Loma, en jurisdicción comunal de Colonia Durán. La escuela se encuentra diecisiete (17) kilómetros al Oeste de la Ruta Provincial N° 1, y el acceso es por camino de calzada natural. En Colonia Durán cayeron más de 260mm en una noche en el fatídico evento que afectó principalmente a Vera. Los caminos quedaron verdaderamente anegados. Los docentes y el personal de la escuela no podían llegar al establecimiento. No por falta de voluntad, sino por circunstancias de fuerza mayor. Ante esto, se les privó del acceso al “premio” o “incentivo docente”, produciéndoseles una privación de parte de sus ingresos (que no es menor, atento a los magros salarios del sector). ¿Por qué se los privó del premio o incentivo? Porque no está prevista esta situación en el Decreto 586/2024 como excepción al cómputo de la “asistencia perfecta”. Lo que solicito aquí, entonces, es la modificación de este decreto, incorporándose el Artículo 23 Inciso 3° del Decreto 4597/1983 que prevé la causal de “fenómenos meteorológicos especiales” dentro de las licencias por causas especiales, especificándose que la causal aplica a aquellos fenómenos que imposibiliten el acceso y por ende la asistencia al establecimiento educativo (como poro ejemplo, inundaciones o caminos intransitables por causa de daños provocados por vientos fuertes). Considero que esta modificación propuesta responde a un criterio de estricta justicia y equidad en el funcionamiento del programa creado por el Poder Ejecutivo.
Emiliano José Peralta
Diputado Provincial
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